Introducción: Un Acuerdo Clandestino que Costó Millones de Soles a la Salud Pública

Durante más de una década, entre diciembre de 2006 y febrero de 2020, un grupo de importantes empresas farmacéuticas en Perú operó bajo un pacto secreto. Su objetivo era repartirse las compras públicas del Estado peruano, un mercado millonario destinado a abastecer de medicamentos a instituciones clave como el Ministerio de Salud (MINSA) y EsSalud. En lugar de competir para ofrecer los mejores precios, estas compañías coordinaron clandestinamente para decidir quién ganaría cada licitación. Esta práctica ilegal, conocida como cártel, no solo encareció los costos para el Estado, sino que perjudicó indirectamente a todos los ciudadanos. Era, en esencia, un impuesto secreto sobre la salud de los peruanos, pagado con fondos públicos que pudieron haberse destinado a más hospitales, equipos o personal médico.
Este es el relato de cómo los investigadores del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) desentrañaron este complejo acuerdo, pieza por pieza, hasta llegar a una sanción histórica: Resolución 213-2025/CLC-INDECOPI.
1. Las Primeras Pistas: El Hilo del que Tiraron los Investigadores
La investigación no comenzó con una revelación explosiva, sino con un trabajo metódico y paciente. Las primeras acciones se centraron en obtener acceso directo a la información que las empresas creían segura. En septiembre de 2021, por ejemplo, los funcionarios de Indecopi realizaron visitas de inspección sin previo aviso a las oficinas de empresas como Laboratorios Portugal.
Estas inspecciones fueron cruciales. Amparados por la ley, los investigadores estaban facultados para examinar documentos, libros contables y, fundamentalmente, copiar archivos de los equipos informáticos de los ejecutivos. Clonar los discos duros fue solo el primer paso. El verdadero desafío consistía en analizar terabytes de datos no estructurados —correos, hojas de cálculo, chats— para encontrar patrones que delataran una conspiración de más de una década.
Estas diligencias iniciales, realizadas entre 2021 y 2024, formaron parte de una exhaustiva investigación preliminar (Expediente 004-2021/CLC-IP) que se puede sintetizar así:
• Visitas de Inspección Sorpresa: Se llevaron a cabo diligencias no anunciadas en las sedes de empresas clave, incluyendo Laboratorios Portugal y AC Farma, para recopilar evidencia sin darles tiempo a ocultarla.
• Requerimientos de Información: Se solicitaron formalmente datos a múltiples empresas del sector para construir un mapa del mercado, entender sus operaciones y cruzar información sobre su participación en licitaciones públicas.
• Entrevistas Clave: Se interrogó a figuras centrales de las empresas investigadas, como Pablo Plate (IQ Farma) y Jorge y Enrique Arriola (AC Farma). De manera crucial, los testimonios de exfuncionarios de Laboratorios Portugal, resultaron fundamentales para dar sentido a la evidencia que se iba acumulando.
Estas primeras acciones abrieron la puerta a un mundo de coordinaciones secretas, revelando un lenguaje y unos métodos que los propios cartelistas creían indetectables.
2. Descifrando el Código: Las Pruebas que Revelaron el Pacto
Probar la existencia de un cártel es extremadamente difícil debido a su naturaleza secreta. Sus miembros se esfuerzan por no dejar rastro. Sin embargo, en este caso, los investigadores descubrieron un verdadero tesoro de evidencia digital y testimonial que dejó al descubierto el acuerdo.
2.1. Los Archivos Excel: Las Hojas de Ruta del Reparto
Una de las pruebas más contundentes fueron los archivos Excel encontrados en las computadoras de las empresas, especialmente en las de Medifarma y AC Farma. Estos no eran simples documentos de trabajo, sino verdaderos registros de las operaciones del cártel. Su contenido era explícito:
• Listados de Ítems: Detallaban los productos farmacéuticos (medicamentos) que se licitaban en cada proceso de compra del Estado.
• Anotaciones de Reparto: Junto a cada producto, aparecían palabras clave que no dejaban lugar a dudas, como ASIGNADO, REPARTICIÓN, ceder o negociar, seguidas del nombre de la empresa a la que le «tocaba» ganar ese ítem.
• Lenguaje Críptico: Para ocultar las coordinaciones, utilizaban códigos. En algunos archivos, usaban signos como «X», «XX» o «Y», y en otros, números como «1» o «2» para identificar a la empresa beneficiada. Por ejemplo, en la prueba MIF208, el signo «1» se usaba para identificar las asignaciones de productos.
Las empresas acusadas intentaron desacreditar estas pruebas, argumentando que los archivos Excel eran meros documentos de trabajo interno, editables y no concluyentes. Sostuvieron que las anotaciones eran proyecciones comerciales y no un registro de un pacto ilegal.
Sin embargo, los investigadores de Indecopi desbarataron esta defensa pieza por pieza. Demostraron que la consistencia de las anotaciones a lo largo de los años, el uso de un lenguaje críptico común entre empresas competidoras, y la correspondencia directa entre los ítems «ASIGNADOS» y los resultados de las licitaciones no podían ser una coincidencia comercial. El argumento de la defensa, según la autoridad, era inverosímil ante la abrumadora coherencia de la evidencia, como lo demostraba esta anotación encontrada en los archivos de Medifarma (prueba MIF14): “NEGOCIADO P/BRAUM”
2.2. Los Correos Electrónicos: La Comunicación del Cártel
Frente a las negativas generales de las empresas, los correos electrónicos —muchos de ellos enviados desde cuentas personales (Gmail, Hotmail) para eludir los registros corporativos— se convirtieron en pruebas irrefutables que delataban las coordinaciones en tiempo real. En ellos, los ejecutivos discutían los repartos de forma directa, ratificando lo que se encontraba en los archivos Excel.
| Asunto/Evidencia | Descripción del Contenido |
| Prueba PORT65 | Un correo del 5 de febrero de 2013 entre representantes de Laboratorios Portugal, comunicando de forma directa que el producto «Metronidazol» (ítem 274) «es de Americanos». |
| Prueba PORT09 | Un correo del 1 de marzo de 2012 donde funcionarios de Laboratorios Portugal mencionan explícitamente negociaciones para el reparto de ítems con Teva y Medifarma. |
| Prueba MIF192 | Una cadena de correos internos de Medifarma de noviembre de 2013 que discute «las negociaciones que se hizo con Braum para que nos de los sueros», refiriéndose a los productos «Dextrosa» y «Cloruro de Sodio». |
2.3. Las Confesiones: Testimonios que Ataron los Cabos Sueltos
Las entrevistas a exdirectivos de Laboratorios Portugal fueron la pieza final del rompecabezas como se indica en la Resolución 213-2025/CLC-INDECOPI. Sus testimonios dieron contexto y confirmaron el significado de la evidencia documental. Corroboraron la existencia de un grupo de empresas que se autodenominaban «los amigos» o «la industria» para coordinar sus acciones. También explicaron que en los archivos Excel usaban colores para señalar ítems ganados o cedidos y que se referían a las empresas competidoras con apodos para no dejar rastro. Irónicamente, su propia colaboración para descifrar el esquema no los eximió de responsabilidad; la resolución final también los encontró culpables por su participación en la trama.
Con estas pruebas irrefutables en mano, los investigadores de INDECOPI pudieron reconstruir el meticuloso manual de operaciones del cártel.
3. El Manual de Operaciones: ¿Cómo Funcionaba «El Club»?
El cártel no era un acuerdo simple, sino un sistema organizado y sofisticado que operó durante más de una década. El núcleo duro, formado por empresas como Medifarma, AC Farma, IQ Farma e Infarmasa, era conocido internamente como «El Club». Su modus operandi se basaba en dos mecanismos principales para simular competencia mientras se repartían el mercado:
1. Abstención de Pujar: En esta modalidad, una empresa se presentaba a la licitación de un producto, pero, siguiendo el acuerdo, no realizaba ninguna puja o mejora de precio durante la subasta. De esta forma, dejaba el camino libre para que la empresa «asignada» ganara el contrato sin presión competitiva, a menudo a un precio muy cercano al máximo establecido por el Estado.
2. Abstención de Presentar Propuestas: Este era el mecanismo más directo. Una o varias empresas simplemente no presentaban oferta para un ítem específico. Esto aseguraba que la empresa favorecida por el pacto tuviera pocas o ninguna otra oferta en contra, garantizando prácticamente su victoria.
Para mantener estas actividades en secreto, desarrollaron un lenguaje propio y métodos de ocultamiento:
• Apodos y Sobrenombres: Usaban apodos para referirse a las empresas en sus comunicaciones. Por ejemplo, «Argentina» para Medifarma, «Ibérica» para Laboratorios Portugal o «Ate» para AC Farma.
• Denominaciones Grupales: Se referían a sí mismos con términos como «El Club» o «los amigos» para denotar su pertenencia al grupo coludido.
• Cuentas de Correo Personales: Utilizaban cuentas de correo no corporativas (como Gmail o Hotmail) para sus coordinaciones, dificultando el rastreo de las comunicaciones por parte de las autoridades o de auditorías internas.
Este manual de operaciones no revela un acuerdo informal, sino una conspiración disciplinada y consciente de su ilegalidad, diseñada para operar a largo plazo y resistir la detección.
4. La Batalla Legal: Acusación Formal y Sanción
El 11 de julio de 2024, la Dirección de Libre Competencia de Indecopi emitió la Resolución de Inicio, un documento que formalizó el procedimiento administrativo sancionador contra las empresas farmacéuticas y varios de sus ejecutivos.
Las empresas acusadas desplegaron una formidable defensa legal. Argumentaron que la imputación de Indecopi era genérica —un «cajón de sastre» que no individualizaba los hechos—, que las pruebas eran circunstanciales y no concluyentes, y que sus acciones respondían a lógicas comerciales legítimas, no a un pacto ilegal. Sostuvieron que se vulneraba su derecho de defensa al no poder rebatir cada acusación de manera específica.
Sin embargo, tras un largo periodo de análisis, la Dirección emitió un Informe Técnico el 21 de mayo de 2025, refutando sistemáticamente cada uno de los argumentos de la defensa. La conclusión de los investigadores fue contundente: recomendaron declarar que las empresas habían incurrido en una práctica colusoria horizontal y debían ser sancionadas.
La resolución final impuso multas históricas, de las cuales destacan las siguientes:
| Empresa | Principales Multas Impuestas (en UIT) |
| Medifarma | 92,902.85 |
| Grupo económico AC Farma y Droguería Sagitario | 62,105.50 |
| Laboratorios Americanos | 28,477.83 |
Finalmente, el 14 de noviembre de 2025, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia emitió su resolución final. El fallo confirmó la existencia del cártel, declarando la responsabilidad de las empresas y de varios de sus ejecutivos por haber participado en el acuerdo anticompetitivo.
5. ¿Por Qué es Ilegal? Las Consecuencias de un Cártel
Las acciones de estas empresas son ilegales porque constituyen un cártel, también conocido técnicamente como una «práctica colusoria horizontal». Esto no es otra cosa que un acuerdo secreto entre competidores para no competir, coordinando precios, repartiéndose mercados o, como en este caso, decidiendo quién gana las licitaciones públicas.
En la legislación peruana, este tipo de acuerdos está sujeto a una «prohibición absoluta». Esto significa que la conducta es ilegal por sí misma. A diferencia de otras prácticas, donde la autoridad debe realizar un complejo análisis económico para demostrar el daño al mercado, en un cártel el simple acuerdo es la infracción. La ley asume, sin admitir prueba en contrario, que este tipo de pactos son intrínsecamente dañinos.
Los principales perjuicios de un cártel de este tipo son:
1. Perjuicio al Estado: Al eliminar la competencia, el Estado (MINSA y EsSalud) se ve forzado a pagar precios más altos por los medicamentos. Esto significa un despilfarro de fondos públicos que podrían haberse destinado a construir más hospitales, comprar más equipos o contratar más personal de salud.
2. Perjuicio a los Consumidores: El sobrecosto que paga el Estado no sale de la nada: sale del presupuesto público, financiado con los impuestos de todos los ciudadanos. Menos presupuesto para otras necesidades de salud pública afecta, indirectamente, la calidad de los servicios que reciben todos los peruanos.
3. Falseamiento del Mercado: Se anula el principio básico de la competencia, donde las empresas deberían ganar contratos por ser más eficientes, innovadoras o por ofrecer mejores precios. En su lugar, el éxito se basa en un pacto secreto, premiando la trampa en lugar del mérito.
Conclusión: Una Lección sobre la Importancia de la Libre Competencia
La investigación de Indecopi logró desmantelar uno de los cárteles más sofisticados y duraderos en la historia reciente del Perú. El caso demuestra la importancia fundamental de la labor de las agencias de competencia, que actúan como guardianes de los mercados para proteger el buen uso de los recursos públicos y el bienestar de los consumidores. Este caso no es un hecho aislado, sino que se inscribe en una lucha más amplia de Indecopi contra la colusión corporativa en Perú, siguiendo la estela de sanciones históricas en sectores como el naviero y el de la construcción.
Esta crónica sirve como una advertencia para otras empresas que podrían considerar tomar el mismo camino: aunque los pactos se hagan en secreto, con lenguaje en clave y usando canales ocultos, la evidencia digital y el trabajo de investigación pueden sacar a la luz incluso las tramas más complejas. Al final, la libre competencia no es solo un concepto económico, sino una garantía de justicia y eficiencia para toda la sociedad.
Lima, 27 de noviembre de 2025
IDLADS PERÚ
Fuente: Resolución 213-2025/CLC-INDECOPI