El consentimiento previo de los pueblos indígenas en el estudio de impacto ambiental del proyecto de la Hidrovía Amazónica

Los pueblos indígenas u originarios han sido históricamente marginados desde la etapa colonial y gran parte de la republicana, no solo en el Perú sino a lo largo del planeta. Esta es la razón por la que desde la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Organización Estados Americanos (OEA) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como en las constituciones peruana y sudamericanas, se ha reconocido su derecho a la identidad étnica y cultural vinculados con la naturaleza. El paradigma cultural occidental que gobierna la mayoría de las sociedades del mundo instaura una relación de sujeción y dominación sobre la naturaleza, además de la idea de progreso como industrialización y consumo de recursos naturales para producir mercancías a gran escala, sin haber considerado en los últimos trescientos años el impacto que eso ha tenido sobre el ambiente no solo nacional, sino planetario.

Actualmente, se está reivindicando la cultura indígena y su relación armoniosa con la naturaleza, con la cual se vincula como parte de esta o como otro al que debe respeto y cuya destrucción ocasionará la desaparición de su cosmovisión y su propia forma de vida sin que ninguna compensación económica pueda remediarlo1. En ese sentido, resulta gravitante que en el desarrollo de proyectos de infraestructura como la Hidrovía Amazónica se considere el impacto sociocultural y ambiental que se va a generar en los pueblos indígenas, lo que implica la realización de una consulta previa del documento que contiene la información sobre estos impactos, así como incorporar las medidas adecuadas para evitarlos, prevenirlos o mitigarlos, como por ejemplo el estudio de impacto ambiental (EIA).