A una máquina del Estado se le hizo una pregunta sobre qué se hace hoy por las niñas y los niños indígenas de Condorcanqui, y respondió con un inventario: seiscientos setenta y ocho expedientes por presunto hostigamiento sexual de docentes entre 2010 y 2026; el 59.73 % de lengua awajún, el 28.02 % wampis; el 64.60 % de los hechos en el nivel secundario. Dos preguntas, dos formas del mismo silencio: el que borra y el que cuenta.

Este ensayo nace de un habeas data donde IDLADS PERÚ ejerció su derecho a la información; el Ministerio Público respondió con cuatro documentos oficiales, firmados y fechados en julio de 2026. De su lectura surge una tesis que conviene enunciar sin rodeos, porque todo el texto la sostiene: lo que esos papeles describen no es una fatalidad de la selva ni un accidente de la pobreza, sino una injusticia con responsable, con norma incumplida y con reparación debida. El trabajo que sigue consiste en distinguirla de cada una de sus coartadas.
I. La escuela como emboscada
Hay una traición que precede a todas las demás, y los documentos la confiesan sin medir su peso. El agresor tiene oficio y rostro reconocibles: es el docente. La institución que el Estado envió al río como su promesa —la escuela de tablas y calamina, la pizarra bajo la bombilla— se volvió el sitio de la depredación. De los seiscientos setenta y ocho expedientes, el 97.49 % recae sobre personal contratado, no nombrado: hombres de paso, sin arraigo ni fiscalización, depositados en comunidades a cuatro y nueve horas de navegación del despacho fiscal más cercano, investidos de la única autoridad estatal continua que esos pueblos conocen. La precariedad del que enseña y la indefensión de la que aprende se anudan en el mismo cuerpo del delito.

Digámoslo sin el eufemismo administrativo, que es la primera coartada del poder. Donde el informe escribe «presunta violación a menores estudiantes por parte de docentes», late la destrucción metódica de la infancia de un pueblo en el lugar mismo donde ese pueblo había aceptado dejar a sus hijas. Y no ocurrió una vez: en nueve meses de 2025 el despacho especializado registró ochocientos trece delitos de violencia contra las mujeres y el grupo familiar —quinientos treinta y nueve por violación de la libertad sexual, ciento cuarenta y cuatro por violación de menor de edad—; en apenas cuatro meses de 2026, otros ciento sesenta y tres. El delito no es un episodio: es un clima. Y todo clima tiene, aguas arriba, una causa que alguien decide no tocar.
II. La máquina que cuenta y no repara
Amartya Sen distinguió, con dos voces del sánscrito, dos ideas de justicia: niti, la corrección de las instituciones y las reglas, y nyaya, la justicia que de veras se realiza en la vida de la gente. Los documentos remitidos a IDLADS son un monumento a la primera y un acta de defunción de la segunda. La niti rebosa: una resolución de la Fiscalía de la Nación crea la fiscalía especializada; el Decreto de Urgencia 005-2025 autoriza transferir veinte millones ciento ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y ocho soles para el Sistema Nacional Especializado de Justicia; hay grupos de trabajo, convenios, jornadas «No más silencio», charlas mes a mes en cada institución educativa. La superficie perfecta de un Estado que funciona.
Debajo, la nyaya es nula, y el propio informe lo escribe. De esos veinte millones, «dicho monto de dinero no ha sido para implementar la Fiscalía Especializada de Nieva-Condorcanqui»: llegó a Yutupis y a Huampami, pero no al centro de la herida. Dos —dos— fiscales sostienen ciento sesenta y siete casos pendientes, con ochenta y nueve esperando juicio y treinta y tres reos contumaces prófugos. Quinientos casos viajaron en etapa preliminar de un despacho a otro, como se traslada un peso que nadie puede cargar. No hay internet hace más de un mes, ni chalupa para el río, ni camioneta para la trocha. Y una frase, escrita casi al descuido, abre el abismo entero: «actualmente ya no contamos con intérpretes». Para que su testimonio exista ante el derecho, la niña awajún debe cruzar primero al castellano; y el puente ya no está.
Michel Foucault mostró que el poder moderno gobierna menos por la espada que por el registro: el examen, el expediente, la estadística que vuelve a la persona un caso administrable. Aquí el mecanismo se ve en estado puro y en su forma más obscena. El Estado ha desarrollado una capacidad exquisita para contar el daño —clasificarlo por lengua, por nivel, por año, con dos decimales— y una incapacidad simétrica para impedirlo. La estadística no antecede a la acción: la reemplaza. Se mide lo que no se remedia, y el cuadro bien tabulado ofrece la ilusión del deber cumplido mientras el río sigue trayendo, cada mes, sus mismas cifras.
III. El domicilio imposible
Entre los obstáculos que los fiscales enumeran hay uno que parece menor y es la clave de todo. Los jueces exigen que el domicilio de las comunidades nativas se consigne «con calle, jr, Av. Lote, Mz», cuando —lo escriben los propios fiscales— lo correcto es indagar con el apu, las rondas, los directivos. El derecho reclama una dirección que no existe: la cuadrícula catastral de la ciudad impuesta a un mundo hecho de río, de quebrada y de autoridad comunal.

Es la exigencia de lo que se ha llamado legibilidad: el Estado moderno solo reconoce lo que puede leer en su propia gramática, y lo ilegible deja de existir para él. La comunidad awajún es ilegible para el formulario; al ser ilegible, es inexistente; al ser inexistente, es inatendible. No es que la justicia no quiera llegar: decidió de antemano que solo llegaría a quien tenga número de lote. Pierre Bourdieu lo diría con dureza mayor: el Estado detenta el monopolio de la violencia simbólica legítima, el poder de imponer como natural su modo de nombrar el mundo. Obligar a la niña del río a tener nombre de calle no es un trámite; es cobrarle el precio de existir en un idioma ajeno, y castigarla —con la inadmisión, la demora, el archivo— cuando no puede pagarlo.
IV. La presencia diferencial
Guillermo O’Donnell describió nuestros Estados como territorios de color desigual: zonas donde la ley es efectiva y «zonas marrones» donde el derecho se desvanece y sobrevive apenas el poder privado, la costumbre, el abandono. Condorcanqui es la zona marrón por antonomasia; pero el matiz decisivo es que el Estado no está allí ausente de manera uniforme, sino presente de manera selectiva. Llega para extraer y para inventariar; llega la policía, tarde incluso al levantamiento de un cadáver en la misma ciudad; no llega para proteger. El documento registra el detalle más amargo de esa presencia: la UGEL prestó alguna vez su chalupa no para poner a salvo a una niña, sino para trasladar río abajo al detenido, al presunto violador. El único bote que el sistema consigue es el que mueve al agresor.

Aníbal Quijano llamó a esta lógica la colonialidad del poder: la clasificación heredada de la Colonia y sobreviviente a la República que decide quién cuenta como plenamente humano y quién queda al margen. La niña awajún ocupa a la vez el peldaño más bajo de todas las jerarquías —indígena, amazónica, mujer, niña, pobre—, y por eso su cuerpo comparte destino con su territorio. La misma frontera donde se documenta la zona de sacrificio de la extracción es donde se documenta la zona de sacrificio de la infancia. No son dos abandonos: es el mismo, aplicado a la tierra y a la hija de la tierra con idéntica economía de indiferencia.
V. Los tres rostros de una sola injusticia
Nancy Fraser enseñó que la injusticia tiene tres dimensiones que se resuelven juntas o no se resuelven: la redistribución de los recursos, el reconocimiento de la identidad y la representación —quién tiene voz en el marco donde se decide—. En Condorcanqui fallan las tres a la vez, y esa convergencia es lo que vuelve total el agravio. Falla la redistribución: los veinte millones que esquivaron a Nieva, los dos fiscales, la falta de bote, de internet, de albergue mientras la víctima permanece dos o tres días desplazada a la cámara gesell. Falla el reconocimiento: sin intérpretes, con el castellano como aduana de la verdad y el domicilio de calle exigido a quien vive junto al río, la cultura awajún es tratada no como una forma legítima de existir, sino como un defecto que corregir. Y falla, sobre todo, la representación —lo que Fraser llamó el desencuadre—: la niña awajún no aparece nunca como sujeto que delibera sobre su propia justicia, sino como agraviada de iniciales, dato en la casilla, cuerpo que se transporta. Se decide sobre ella; jamás con ella.

Martha Nussbaum daría a esto su forma más concreta. Entre las capacidades centrales de una vida humanamente digna, sitúa la integridad corporal —poder estar a salvo de la agresión sexual— y la posibilidad de educarse, jugar, imaginar, afiliarse. La escuela debía ser el vehículo de esas capacidades; hecha emboscada, se volvió el instrumento de su aniquilación. Cada uno de esos expedientes es una capacidad central destruida justo donde debía florecer.
VI. La coartada de la geografía
Se dirá que la culpa es del río. Que cuatro y nueve horas de navegación no las inventó ningún funcionario, que la selva es ancha y el presupuesto estrecho, que los fiscales hacen lo que humanamente pueden. Lo primero es cierto y hay que decirlo con todas sus letras: los dos fiscales de Condorcanqui, que viajan horas en bote para ubicar a una agraviada, que reciben denuncias por WhatsApp donde no hay comisaría, que llevan a las niñas hasta Bagua cuando UDAVIT no cubre el pasaje, no son el problema; son, ellos mismos, personas abandonadas por el sistema que los envió. El reproche de este ensayo no baja hacia ellos: sube.

Porque la geografía es una constante, y las constantes no explican las decisiones. El río medía lo mismo cuando se resolvió destinar los veinte millones a Yutupis y a Huampami y no a Nieva; la distancia era idéntica cuando se dejó a un despacho con dos fiscales y sin intérprete. La lejanía no es la causa del abandono: es, precisamente, la razón por la que había que acercar la justicia, y no la excusa para retenerla. Y la escasez, cuando es escasez elegida y repartida con desigualdad, deja de llamarse escasez: se llama prioridad. Alguien decidió que estas niñas iban después. Esa decisión, y no el caudal del Marañón, es lo que aquí se juzga.
VII. El derecho que ya obliga
Conviene recordar que nada de esto es aspiración ni programa: es derecho vigente que el Estado peruano juró cumplir. La Constitución reconoce el derecho a la identidad étnica y cultural (art. 2, inc. 19), ordena la protección del niño y del adolescente (art. 4) y admite la jurisdicción especial de las comunidades en coordinación con la justicia ordinaria (art. 149). La Convención sobre los Derechos del Niño manda hacer prevalecer su interés superior (art. 3) y protegerlo frente a toda forma de abuso y explotación sexual (arts. 19 y 34). El Convenio 169 de la OIT exige que los pueblos indígenas comprendan y se hagan comprender en los procedimientos legales, si es preciso mediante intérprete (art. 12), y que se respeten sus costumbres. Y la Corte Interamericana, que ya fijó para la violencia de género un deber de debida diligencia reforzada, lo elevó aún más para las niñas víctimas de violencia sexual en V.R.P. y V.P.C. vs. Nicaragua: procedimientos especializados, céleres, con pertinencia cultural y sin revictimización.

Léase ahora la lista de obstáculos del informe con esa vara en la mano. La ausencia de intérprete no es una incomodidad logística: viola el Convenio 169. El traslado de días y la falta de albergue no son un percance: incumplen el deber de no revictimizar. El domicilio de calle exigido a la comunidad no es una formalidad: contradice el reconocimiento constitucional de su identidad. Cada renglón del catálogo de carencias tiene, enfrente, un estándar jurídico preciso que lo declara ilícito. Y hay en ello una verdad decolonial que merece subrayarse: la exigencia de reconocer el mundo awajún no es una imposición traída de afuera, sino una obligación que el propio ordenamiento peruano ya contrajo. El Estado no incumple una moral ajena: incumple su propia palabra.
VIII. Del castigo a la reparación
La justicia que estas niñas merecen no se agota en la condena, aunque también allí el sistema falle: doscientos veinte sentenciados registra el informe, con treinta y tres agresores prófugos y una condena que, para demasiadas, no llega nunca. Pero castigar al culpable es apenas la mitad del deber. La otra mitad es reparar a la víctima, y la reparación tiene aquí dos escalas. La individual: el daño a la persona y al proyecto de vida —esa categoría que la Corte Interamericana forjó, no por azar, en un caso peruano, Loayza Tamayo vs. Perú—, la vida entera desviada de su curso por lo que ocurrió en un aula. Y la colectiva: el daño a la identidad cultural de un pueblo cuyas hijas fueron agredidas de manera sistemática en la institución que debía integrarlas, un daño que solo se repara de modo culturalmente adecuado, en la lengua propia y con garantías de que no volverá a ocurrir.

Y esas garantías de no repetición tienen nombres concretos, escritos en el mismo informe como carencias: la fiscalía de Nieva efectivamente financiada, el intérprete de vuelta, el albergue que hoy no existe, la chalupa que traslade a la niña y no solo al detenido. La reparación no es caridad ni gesto: es deuda. Lo que el informe presenta como pedido de logística es, leído con rigor, el contenido mínimo de una obligación de reparar que ya venció.
IX. Taripay Pacha
Alberto Flores Galindo rastreó en el mundo andino una esperanza tenaz: la utopía de un orden justo por venir, el tiempo del reencuentro, la justicia siempre prometida y siempre diferida al horizonte. Hay una lectura resignada de esa espera —la justicia como lo que nunca llega, la costumbre de aguardar— y hay otra, insurgente: la justicia como lo que se exige ahora, porque su demora dejó de ser tragedia y pasó a ser decisión. Los documentos que motivan estas páginas nos ponen ante esa bifurcación.

No hay que buscar la injusticia en ningún misterio. Está en las cifras que el propio Ministerio Público firmó. Está en el bote que solo aparece para el agresor. Está en el intérprete que ya no está. Está en los veinte millones que llegaron a todas partes menos al centro del dolor. Está en la palabra —resultado negativo— con que una máquina responde por igual a una mujer asesinada hace treinta y cinco años y a las niñas que hoy suben el río, durante horas, hacia una cámara gesell que queda a nueve de su casa.
Que esperen su justicia sería, otra vez, la utopía resignada. Exigirla —con estos papeles en la mano, sin permitir que el número siga ocupando el lugar de la reparación— es lo único que en esta hora merece llamarse derecho. La cifra ya está escrita. Falta leerla por lo que es: no un dato, sino una acusación.
Lima, 28 de julio de 2026
Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible IDLADS PERÚ